Un piso en alquiler

El límite del precio del alquiler, vigente desde este 15 de marzo en Cataluña

La normativa se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este viernes 15 de marzo el índice de precios de referencia para limitar las rentas del alquiler en zonas declaradas como tensionadas y también ha publicado la declaración de zona tensionada para 140 municipios de Cataluña, por lo que podrá empezar a aplicarse en dicha comunidad autónoma cuando entre en vigor.

Ambas resoluciones ministeriales, firmadas por el secretario de Estado de Vivienda y Agenda Urbana, David Lucas, y que surtirán efectos desde mañana, se publican en el BOE después de que el índice haya recibido un total de seis alegaciones pero ninguna haya sido aceptada, y de que la Generalitat de Cataluña haya subsanado en su boletín oficial la declaración presentada el pasado agosto, un paso "necesario" para declarar los 140 municipios catalanes como zonas tensionadas.

El índice forma parte de un compromiso adquirido por el Gobierno a través de la Ley de Vivienda aprobada el pasado mayo, donde se recoge que el Ejecutivo podría limitar los precios de los alquileres en aquellas zonas declaradas previamente como áreas tensionadas a través de un sistema de índices de precios de referencia. Este sistema de referencia es un sistema de rangos de precios que, para una misma vivienda, establece una renta máxima y mínima a partir de una serie de características del inmueble.

Además, es un sistema homogéneo para toda España, de base tributaria y que se actualizará anualmente con la última declaración a la renta disponible del propietario del inmueble. Para este año, utiliza la declaración de 2022.

De obligado cumplimiento para grandes tenedores

El índice de precios de referencia es de obligado cumplimiento para los grandes tenedores (personas físicas o jurídicas con más de diez viviendas o cinco en la misma área tensionada, según lo establecido por cada comunidad autónoma) y para los nuevos contratos de alquiler de viviendas que no hayan sido arrendadas en los últimos cinco años y se encuentren en zonas que hayan sido declaradas como tensionadas.

En el resto de los casos, el índice solo funcionará de referencia para conocer el valor real de la vivienda en alquiler, ya que, en las vivienda ya arrendadas, el nuevo contrato de alquiler "estará referenciado al contrato anterior", es decir, se congelará la renta, una vez aplicada la cláusula de actualización anual, que en 2024 está limitada al 3%, por lo que el precio solo podrá disminuir a partir de la negociación entre arrendador y arrendatario.

No obstante, el precio podrá incrementarse si la vivienda ha sido mejorada, si tiene rehabilitación energética o si cumple unas condiciones de durabilidad del contrato de arrendamientos superiores a lo contemplado en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), tal y como se recoge en la Ley de Vivienda.