La sede del Tribunal Constitucional

Varias entidades llevan al TC su exclusión del caso del 25% de castellano en las aulas

Pasar por el Constitucional es un paso que deben dar si quisieran ir más adelante a la justicia europea

Plataforma por la Lengua, la Associació d’estudiants en defensa de l’educació pública y la Fundació Catalunya Fons han interpuesto un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (TC) en contra de la decisión del Tribunal Supremo de rechazar el recurso de la entidad para incluir a las organizaciones defensoras del catalán en el proceso judicial relacionado con el porcentaje del 25% de castellano en las aulas.

Este recurso de amparo se ha presentado en colaboración con otras organizaciones que formaron un frente judicial conjunto para impugnar la decisión del Tribunal Supremo y buscar la anulación de la sentencia, especialmente debido a la participación del juez Javier Aguayo en el proceso. Plataforma por la Lengua argumenta que se han vulnerado tres derechos fundamentales: el derecho a una tutela judicial efectiva, el derecho a la igualdad de trato y no discriminación, y el derecho a un juez predeterminado por la ley.

En febrero, el Tribunal Supremo decidió no admitir el recurso de casación presentado por Plataforma por la Lengua contra la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que confirmaba la exclusión de las entidades que querían impugnar el auto del proceso judicial. Sin embargo, el propio Tribunal Superior de Justicia de Cataluña sí aceptó como partes interesadas a dos organizaciones defensoras del castellano: Asamblea por una Escuela Bilingüe y Hablamos Español.

Según Plataforma por la Lengua, la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña fue totalmente irregular y la justificación para no aceptar a la entidad como parte interesada fue particularmente absurda, ya que se argumentaba que el caso se trataba de la vehicularidad del castellano y no del catalán, a pesar de que ambas lenguas están estrechamente relacionadas. La organización catalana recuerda que el derecho a participar en la ejecución de una sentencia que afecta a los intereses legítimos de la entidad es parte del derecho a una tutela judicial efectiva, conforme al artículo 24 de la Constitución española.

Con la exclusión del proceso judicial, se ha negado a la entidad la posibilidad de defender su posición sobre la ejecución de la sentencia, una ejecución dictada a raíz de una petición de Asamblea por una Escuela Bilingüe. Hay que tener en cuenta que un principio básico del derecho procesal es el principio de contradicción y que no puede existir un proceso judicial en el que sólo se acepte la participación de una de las partes.